El despido improcedente tras la reforma laboral

Exponemos de forma concisa los distintos supuestos tras la nueva regulación:

        1.- Contratos realizados a partir del 12 de febrero de 2012

La indemnización será de 33 días por año de servicio con un máximo de 24 de mensualidades.

        2.- Contratos realizados antes del 12 de febrero de 2012

Para el cálculo del despido improcedente se aplicarán 45 días por año de servicio hasta el 11 de febrero de 2012 y desde esa fecha en adelante se aplicarán 33 días.

Es muy importante tener en cuenta el tope fijado de 24 mensualidades, por lo que para los que tengan una antigüedad previa a 12 de febrero de 1984, tendrán el tope de 42 mensualidades, equivalente a 28 años de antigüedad que genera esta indemnización a razón de 45 días por año de servicio.

Para las contrataciones entre 13 de febrero de 1984 y 12 de febrero de 1995 podrán cobrar una indemnización máxima en función de su antigüedad entre 41 y 25 mensualidades.

Finalmente los que empezaran a trabajar a partir del 12 de febrero de 1995 tendrán un tope máximo de 24 mensualidades ( 720 días)

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