Planes de pensiones. Cambios fiscales

La recientemente aprobada reforma fiscal, modifica  el tratamiento de los planes de pensiones en un doble sentido:

Recordemos las ventajas que se les atribuyen a un  contribuyente si opta por contratar ahora un plan de pensiones para incorporarlo al IRPF correspondiente al ejercicio 2014, a presentar el próximo año 2015:

Una de las ventajas más importantes por las que hay que plantearse contratarlo es porque estos reducen la base imponible del IRPF , con un límite, que sería el menor de los siguientes:

  • 8.000 € anuales independientemente de la edad, (es uno de los cambios en reforma fiscal). Antes el límite 10.000 euros para menores de 50 años y 12.500 euros para mayores de esa edad
  • el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas (50% para contribuyentes mayores de 50 años)

La Reforma Fiscal aporta un cambio imporamtante, y que también nos favorece como contribuyente y  es que hasta ahora, el rescate del plan de pensiones, solo se podía realizar antes de la jubilación, si se contemplaba una situación de desempleo de larga duración, enfermedades graves o fallecimiento. Ahora la Reforma fiscal nos permite poder rescatarlo si han transcurrido diez años desde su apertura, establecimiento la primera posibilidad de  liquidez en 2025 para los importes aportados o consolidados hasta el 31/12/2014.

Para ver la rentabilidad fiscal de la aportación a un plan, imaginemos alguien que tribute a un tipo marginal del 30%, pues si esa persona aporta  1.000,00 € a un plan de pensiones su declaración de renta mejorará en 300 euros, ya sea de mayor devolución o menor ingreso.

 

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